¿Su empresa tiene deuda presunta por aportes a pensión?

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Quienes somos?

¡Construimos valor y brindamos soluciones corporativas dentro del sistema pensional!

Somos una empresa constituida por un equipo interdisciplinario de profesionales con más de 20 años de experiencia en empresas públicas y privadas, trabajamos en proyectos de normalización de pasivos pensionales y de cotizaciones a la seguridad social, con un amplio conocimiento de los diferentes Regímenes Prestacionales y con una visión moderna del sistema de seguridad social en Colombia

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Mil Millones de pesos depurados
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De Efectividad en disminución del saldo de la deuda
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Trabajamos en proyectos de normalización de pasivos pensionales y de cotizaciones a la seguridad social, con un amplio conocimiento de los diferentes Regímenes Prestacionales y con una visión moderna del sistema de seguridad social en Colombia.

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Nosotros le ayudamos

Hemos desvirtuado el cobro de más de 100 mil millones de pesos en deudas por aportes a Pensión. Nuestra experiencia ha permitido depurar más del 90% de los saldos cobrados por Colpensiones y Fondos de Pensiones Privados, en beneficio de nuestros clientes.

"Nuestros clientes nos recomiendan y certifican una labor ágil, de calidad y con acompañamiento permanente."

– Mario Alejandro Bernal Macias –
Gerente Comercial y de Proyectos

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¿Usted sabe que es la deuda por aportes a pensión?

Nuestra experiencia ha permitido depurar más del 90% de los saldos cobrados por Colpensiones y Fondos de Pensiones Privados, en beneficio de nuestros clientes.  Encuentra toda la información en este corto video.

¿Tiene dudas?

Preguntas Frecuentes.

Corresponde a los aportes del sistema general de seguridad social que no se hicieron o que fueron pagados de manera inconsistente.

La deuda puede ser depurada a través de los portales de empleadores de las diferentes administradoras de salud, pensión o arl o a través de cartas con soportes radicados en dichas entidades.

Partiendo del principio que la pensión es un derecho imprescriptible, podemos inferir que las cotizaciones a pensión hacen parte integral del mismo y por lo tanto, el Empleador está en la obligación de responder por las cotizaciones que permitan consolidar el derecho a una pensión.

De la misma manera el Artículo 39 del Decreto 1406 de 1999, definió como una obligación especial del Empleador, tener disponibles los soportes probatorios del pago de la cotización a favor del empleado que así lo solicitara.

Así mismo, con el Acto Legislativo 001 de 2005 fueron elevados a un carácter parafiscal y en esa medida, el empleador puede ser objeto de cobros persuasivos y coactivos por este concepto.

Se expone patrimonialmente a la Empresa, ya que si no la desvirtúo con soportes probatorios o a través del portal de empleadores, puedo llegar a pagar hasta 7 veces dicho valor más la suma de los intereses moratorios.

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